El Ayuntamiento de Chipiona informa sobre los plazos de presentación de solicitudes de ocupación de vía pública para 2024
Radiotelevisión municipal de Chipiona, 16 de enero de 2024.
Las Delegaciones de Comercio y Actividades Económicas han enviado un comunicado para recordar las normas que regulan los plazos de presentación de solicitudes de ocupación de vía pública vinculadas con el ejercicio de actividades comerciales y de hostelería. El objetivo, señalan, es que todas las personas interesadas puedan planificar convenientemente el desarrollo de su actividad.
Respecto de las ocupaciones de vía pública con veladores para establecimientos de hostelería, reseñan, conforme a lo previsto en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal, los plazos hábiles para la presentación de solicitudes. Con carácter general, se deberán presentar al menos tres meses antes del momento en que se prevé el inicio de la ocupación y para ello se tomará como referencia la fecha de inicio del período trimestral seleccionado para el comienzo de la ocupación. No obstante, las solicitudes de ocupación de vía pública con veladores que prevén el inicio de la ocupación dentro del primer o segundo trimestre del ejercicio habrán de presentarse durante el mes de enero.
Por su parte, respecto de las ocupaciones de vía pública con expositores de productos para establecimientos comerciales, y según el artículo 31 de la referida Ordenanza, el plazo hábil para la válida presentación de solicitudes también será de tres meses antes del momento del inicio de la ocupación. Igualmente, las solicitudes en las que se prevé el inicio de la ocupación dentro de los tres primeros meses del ejercicio habrán de presentarse durante enero.
En ambos tipos de ocupaciones, reseñan, las solicitudes presentadas fuera de los plazos reseñados, serán objeto de resolución desestimatoria por incumplimiento de dicho requisito. En cualquier caso, estos plazos de presentación de solicitudes “tan solo habrán de ser tenidos en cuenta para peticiones de nuevo cuño pues, conforme a lo que se prevé en el artículo 14.2 de la citada Ordenanza municipal, las licencias de ocupación de vía pública con veladores o expositores que ya estén concedidas al amparo de dicha norma extenderán su validez, a modo de renovación automática, durante los ejercicios posteriores y por el mismo período autorizado en el ejercicio inicial”. ´
No obstante, cualquier persona titular de licencia de ocupación de vía pública que desee extinguir dicho sistema de renovación automática de licencia deberá formalizar petición en tal sentido ante el Ayuntamiento de Chipiona antes del próximo 31 de diciembre del ejercicio, al objeto de causar baja en el correspondiente padrón. Finalmente, en el supuesto de que la petición de extinción del sistema de renovación automática de licencia tenga por objeto la posterior modificación de los términos de la ocupación autorizada, sería necesario que la persona interesada cursara su nueva solicitud dentro de los plazos hábiles establecidos.
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