SUBVENCIONES A MUJERES PARA EL FOMENTO Y LA MEJORA DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social a través del Instituto Andaluz de la Mujer ha abierto la convocatoria para la solicitud de subvenciones a mujeres para el fomento y la mejora de las pequeñas y medianas empresas.

(Orden de 3 de junio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a mujeres y empresas de mujeres para el fomento y mejora empresarial, y se efectúa su convocatoria para el año 2009. Boja n 117 de 19 de junio de 2009).
• A) BENEFICIARIAS:
Empresas de mujeres ya constituidas, ya sean sus titulares personas físicas o jurídicas o comunidades de bienes, así como las mujeres que están en fase de iniciar su empresa.
• B) CONCEPTOS SUBVENCIONABLES:
• – Inversiones en bienes de equipos nuevos, instalaciones, mobiliario y equipos informáticos.
• – Gastos derivados de la adquisición de software y aplicaciones informáticas necesarias para el desarrollo de la actividad.
• – Servicios externos para la elaboración de implantación de planes de comercialización, gastos derivados del diseño y elaboración de la imagen corporativa de la empresa, así como el relativo al diseño de las marcas, anagramas, catálogos y logotipos de los productos y servicios.
• – Elaboración e implantación de Planes de prevención de riesgos laborales, de igualdad y sistemas de calidad.
• – Gastos derivados de asistencia técnica para la elaboración e implantación de los proyectos que contribuyan a la generación de empleo, la estabilidad y el crecimiento de las empresas, valorándose especialmente aquellos que supongan la cooperación entre empresas de mujeres.
• – Gastos de realización del material de promoción exclusivamente para el lanzamiento de nuevos productos o la apertura de nuevos mercados y servicios externos para la participación en ferias siempre y cuando se trate de la primera.
• – Adquisición de Patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y no patentados.
C) CUANTIÁ:
La cuantía de la subvención no podrá superar el 50 % del presupuesto de inversión aceptado.
• D) PLAZO DE SOLICITUD:
El plazo para solicitar esta ayuda permanecer abierto desde el 20 de junio hasta el 19 de julio del 2009.
• E) REQUISITOS:
– Las inversiones a realizar deberán mantenerse en el establecimiento objeto de la mejora, al menos, durante tres años a contar desde la finalización de aquellas.
– Los gastos no deben estar realizados antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Para más información se pueden dirigir a la Oficina de Fomento Económico sita en C/ Camaleón, Edificio Juncal, 3, en la Laguna ( tlfno: 956-374553), .

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