Chipiona aprueba la creación de un registro municipal de gestores de residuos
La delegación municipal de Medio ambiente que dirige José Ignacio Martínez Verano, ha puesto en marcha este mecanismo para mejorar la calidad de la recogida de residuos en Chipiona y su posterior reciclado.
De acuerdo con la legislación vigente, se consideran residuos urbanos municipales, siendo su gestión competencia de este Ayuntamiento, los generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos, que no tengan la calificación de peligrosos y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades.
Tendrán también la consideración de residuos urbanos municipales los siguientes: Residuos procedentes de la limpieza viaria, zonas verdes y áreas recreativas, animales domésticos muertos, muebles, enseres y vehículos abandonados, cualquier otro residuo que tenga la consideración de urbano, según lo establecido en la Ley 7/2007 sobre Gestión Integral de la Calidad Ambiental.
No se consideran residuos urbanos a todos aquellos catalogados como peligrosos y expresamente los siguientes: Restos humanos. Residuos clínicos biocontaminantes procedentes de laboratorios y centros hospitalarios, con riesgo de transmisión de enfermedades a personas o animales y productos explosivos, inflamables, nocivos, infecciosos, tóxicos y residuos radioactivos.
Toda persona física o jurídica que pretenda efectuar en el municipio de Chipiona actividades de recogida, transporte y/o almacenamiento de residuos urbanos deberá solicitar la correspondiente autorización municipal, así como su incorporación al Registro Municipal de Gestores de Residuos.
Solamente podrán solicitarse las autorizaciones a las que se refiere el epígrafe anterior respecto a aquellos residuos urbanos cuya gestión no tenga consideración de obligatoria para el Ayuntamiento y sea de recepción obligatoria para los usuarios.
Las autorizaciones tendrán una vigencia inicial de dos años pudiendo ser renovadas por periodos sucesivos de igual duración.
Será competente para la concesión o renovación de estas autorizaciones el Delegado del Área de Medio Ambiente del Ilmo. Ayuntamiento de Chipiona.
Con independencia de esta autorización, será necesario que el gestor esté en posesión de todas aquellas otras que sean obligatorias conforme a la legislación vigente.
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